Preguntas sobre el aborto embriopático
Se llama aborto embriopático al que se practica cuando se presume que el niño nacerá con graves problemas físicos o mentales. Dado que la Constitución salvadoreña reconoce a la persona humana desde el momento de su concepción, todo tipo de aborto se convierte en un conflicto de derechos e intereses en uno de cuyos polos siempre se encuentra la vida del concebido y no nacido. En el caso del aborto embriopático la contradicción se vuelve todavía mucho más evidente porque, ¿acaso no es una decisión que se basa en las incomodidades que pueda producir a sus progenitores? ¿No es una decisión en donde el asunto es si “merece la pena” que una madre tenga un hijo con capacidades especiales? ¿Qué criterio es el que establecería el límite entre “merecer la pena” o no? ¿Quién tomaría la decisión? ¿Los padres, los médicos, los jueces? ¿De qué manera se verificaría que el diagnóstico es atinado? ¿Las evaluaciones las realizaría un consejo profesional multidisciplinario en el cual estarían incluidos adultos con enfermedades genéticas? ¿Cuál sería la base para afirmar que el ser madre de un hijo con capacidades especiales sería una limitación a su realización como persona? ¿Los niños Down serían candidatos a la muerte? Si bien es cierto que el nacimiento de un Down puede crear desconcierto ¿no pueden ellos dar mucho cariño y ser amados como cualquier otro hijo dando una riqueza de humanidad a su existencia?
En un Estado en el que constitucionalmente se establece la igualdad ante la ley desde la concepción ¿quién podría decidir si un ciudadano debe vivir o morir antes de nacer? ¿Cómo se definiría el límite entre “normalidad” y “anormalidad”? ¿Quién podría describir de antemano cuáles son los componentes de la felicidad de otros seres humanos?
¿Sería ético eliminar a una persona humana porque no se adecúa a los parámetros que desconocidos han establecido para colocar a “unos” sobre “los otros”? Cualquier procedimiento en el diagnóstico prenatal que devalúe el valor de la vida de las personas con capacidades especiales o enfermedades ¿no constituiría una forma de discriminación que rompería con los principios de los derechos humanos? ¿Tales procedimientos no estarían sujetos a censuras y acciones legales? ¿No sería el fundamento de este aborto la diferenciación y categorización de las personas con criterios totalmente extrínsecos a la dignidad del ser humano? El diagnóstico prenatal que conduce a interrumpir un embarazo ¿no sería un juicio de valor acerca de que una vida vale menos que otra? ¿La solicitud de la madre cambiaría tal ilicitud moral? ¿Este aborto no le restaría eficacia a la necesidad de la prevención de las malformaciones genéticas y un mayor apoyo a la investigación sobre las causas reales de las mismas? ¿No podrían las personas con capacidades especiales vivir vidas con el mismo valor que el de cualquier otro ciudadano con derecho a la vida, dignidad y libertad? ¿No deberían los legisladores, políticos y médicos escuchar a las personas con capacidades especiales ya nacidas y adultas reconociéndoles su derecho a hablar por sí mismas? En fin ¿no sería el aborto embriopático parte de una concepción discriminatoria de la vida, conforme a la cual existen vidas más valiosas y de mayor rango que otras? ¿No implicaría la condena de lo “diferente”, de lo que no se ajusta a los esquemas artificiales de la “normalidad”?